El pasado 9 de noviembre, el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) dictó una sentencia que anula la ‘Declaración de impacto ambiental del proyecto del nuevo ramal de la autopista C-32-Palafolls-Blanes-Lloret de Mar’. Esto ha supuesto que se invalidara este proyecto y se ha confirmado así la suspensión definitiva de las obras que se habían iniciado en la primavera de 2019 y que habían sido suspendidas cautelarmente por el mismo Tribunal.
Lo más significativo de esta sentencia, por su carácter innovador, es que el motivo principal por el cual se adopta una decisión tan radical como es anular un proyecto de prolongamiento de una autopista en la Costa Brava es que no se habían tenido en cuenta en la evaluación del proyecto los impactos del cambio climático y sus efectos posteriores, y lo hace tomando como referente la Ley catalana de cambio climático de 2017. La Generalitat de Catalunya incumplió esta ley en cuanto a la formulación del proyecto y su evaluación de impacto ambiental. En efecto, esta ley prevé que los promotores de proyectos de nuevas infraestructuras tienen que incorporar tanto la definición de cómo contribuirán a los objetivos de reducción de emisiones como el análisis de la vulnerabilidad de la obra a los impactos del cambio climático, así como la capacidad de captación de gases de efecto invernadero (GEH) de los bosques y los cultivos existentes en el territorio afectado en las diversas fases de construcción y explotación.
La Generalitat esgrimió un primer argumento defensivo, en el sentido de que la ley de cambio climático no se había desplegado reglamentariamente y que no se disponía de los parámetros para hacer una correcta valoración de los impactos de las emisiones de GEH. Frente a esto, la sentencia hace patente que ya desde 2013 la ley estatal que regula la evaluación de los impactos ambientales prevé que el estudio que tiene que formular el promotor de un proyecto de obras que afecte el territorio debe tener en cuenta “la identificación, descripción, análisis y, si procede, la cuantificación de los posibles efectos significativos directos o indirectos del proyecto sobre varios factores, entre ellos el cambio climático” . Además, la sentencia menciona las directivas europeas, los informes que formula el panel de expertos que asesoran las Naciones Unidas (IPPC) en las conferencias internacionales como la de París o la que se ha celebrado en Egipto, que proponen las medidas a aplicar para reducir las emisiones de CO₂ y limitar los incrementos de temperatura. También menciona la Guía práctica del cálculo de emisiones formulada por la Oficina catalana del Canvi climàtic y otros instrumentos disponibles.
La sentencia explicita la importancia de prever y valorar los impactos sobre la nueva infraestructura de los fenómenos meteorológicos extremos, de los caudales de los cursos fluviales afectados por las obras o de los cortes de suministros por los efectos del cambio climático, así como el establecimiento de medidas de previsión y prevención para mitigar los efectos. Estos impactos se deberían haber añadido en los informes que aportó la Agència Catalana de l’Aigua, que podían ser válidos en las situaciones actuales pero que no son suficientes si no prevén los efectos de los fenómenos extremos.
La sentencia destaca la importancia de estudiar varias alternativas para resolver problemas como los de la movilidad con menor impacto ambiental, e invita a tomarse en serio la llamada “alternativa 0”, que obliga a considerar las ventajas de aprovechar mejor las infraestructuras ya existentes, en concreto la mejora y adaptación de los trazados actuales de las carreteras GI-600 y GI-682, con tramos desdoblados, como sugirieron las entidades que interpusieron el recurso, teniendo en cuenta los cambios en los modos de transporte –más transporte público- y la reducción del volumen de vehículos privados a que obliga el cumplimiento de los objetivos climáticos.
En definitiva, “el cambio climático ha venido para quedarse”, para ser tenido en cuenta seriamente en el diseño de las políticas públicas de infraestructuras y transportes, en un país como Catalunya que sobresale a la hora de hacer declaraciones y leyes como la del cambio climático pero desfallece a la hora de aplicarlas. Un país que diseña trenes pero continúa construyendo carreteras.
Article de Salvador Milà, Ex Conseller de Medi Ambient i Habitatge de la Generalitat de Catalunya i actual Director de l’Àrea de Presidència de l’Àrea Metropolitana de Barcelona
Publicat a El Periódico de Catalunya (28 de novembre de 2022)